El portavoz de Justicia, Juan Carlos Campo, ha subrayado que se trata de “una modificación legal para que el turno de oficio prestado por abogados y procuradores o la asistencia letrada al detenido no se vean atrapados en las redes del impuesto porque nunca lo estuvo”
El portavoz de Justicia del Grupo Socialista, Juan Carlos Campo, ha defendido hoy en nombre del Grupo Socialista, la toma en consideración de la Proposición de Ley de modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, cuyo objetivo es rectificar la decisión del Gobierno de aplicar el IVA al turno de oficio.
En su intervención ante el Pleno del Congreso, Campo ha subrayado que esta iniciativa legislativa pretende que “todo vuelva a ser como antes, antes del desaguisado en el que nos metió la Dirección General de Tributos”. Así, ha explicado que “se trata de cambiar la Ley de asistencia jurídica gratuita pues cambiar la ley del IVA, que parecía lo lógico, nos traería nuevos e indeseados problemas”. “Una modificación legal para que la prestación del turno de oficio prestado por abogados y procuradores o la asistencia letrada al detenido no se vea atrapada en las redes del impuesto. Nunca lo estuvo, por cierto”, apunto el responsable socialista y ha subrayado que, “con el cambio, se resaltará el carácter obligatorio y gratuito de dichos servicios y siempre que se presten en el seno de lo que se conoce como asistencia jurídica gratuita”.
Campo hizo hincapié en que “no parece necesario invocar el carácter constitucional de dicha asistencia y así se entendió por la propia Dirección General de Tributos durante mucho tiempo que siempre insistía, para su no tributación con IVA, a su carácter obligatorio y gratuito”.
Además, el diputado socialista explicó que dicha normativa “fue así hasta que por la Dirección General de los Tributos se hizo una interpretación de dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea” -de fechas 17 de junio de 2010, asunto C492/08 y la de 28 de julio de 2016, asunto C534/16- con lo que interpretó que los servicios prestados por los abogados a los justiciables que disfrutan de asistencia jurídica gratuita en el marco de un régimen nacional de asistencia jurídica gratuita, como el que es objeto del litigio principal, no están exentos del IVA.
“La Dirección General sin analizar los modelos nacionales francés o belga, a los que se refieren ambas resoluciones, asumió ese criterio, y sin otro análisis, concluyó en su consulta V0179/17, de 26 de enero que dichas prestaciones están sujetas a IVA”, matizó Campo. “De un plumazo transmutó la naturaleza jurídica de tal prestación incorporando el hecho de prestarla como hecho imponible y, por tanto, sujeta al pago del impuesto”, explicó.
“Mi grupo parlamentario es firmante de esta iniciativa legislativa pero le hubiera gustado que desde los ministerios pertinentes se hubiera hecho un mínimo estudio en profundidad de la sentencias del TJUE y calibrara comparativamente los diferentes modelos franceses y belgas a los que se se refieren las sentencias de 2010 y 2016, y el caso español”, resumió el portavoz socialista.
En este sentido, Campo indicó que “una interpretación literal de la sentencia del 16 llevó a la dirección general de los tributos a cambiar su criterio y de un plumazo cargarse décadas de buen hacer. De tal modo que señaló que tales servicios, es decir, los de la asistencia jurídica gratuita, sí se encuentran sujetos y no exentos del IVA, siendo aplicable el tipo impositivo general del 21%”.
Con ello, Campo incidió en que “la dirección general de tributos se cargó, sin la más mínima contradicción, la propia resolución de 1986, en la que se decía que los servicios prestados por los abogados en el denominado turno de oficio para la asistencia al detenido son obligatorios para dichos profesionales en virtud de las normas jurídicas vigentes, a los que se completaba con el dato de que las cantidades que recibían los citados profesionales no tenían el carácter de retribución, ni compensación por la prestación”.
“Sin encomendarse a nadie la dirección General de los tributos desmontó los dos presupuestos básicos de la asistencia jurídica: la obligatoriedad y la gratuidad”, aseguró el diputado socialista. Como consecuencia, Campo resaltó que “las alarmas no se hicieron esperar y desde el Consejo General del Abogacía, y las asociaciones de consumidores y usuarios se lanzaron todas las alarmas, siendo esta iniciativa la respuesta a tales clamores. Si me lo permiten es una ley apagafuegos”.
Por último, resaltó “el carácter obligatorio y gratuito de la prestación; un servicio público debidamente subvencionado y reconociendo que lo que reciben los profesionales son indemnizaciones por tales servicios obligatorios”.