El PSOE interpone un Recurso de Reposición contra el Acuerdo de pleno de la Mancomunidad que aprobó el contrato de abastecimiento de agua de Línea, con el voto de la Presidenta, por considerarlo “lesivo” y “contrario a Derecho”

07
Nov
2025

El Grupo Socialista explica en el escrito, que ha sido registrado este viernes, que se omitieron los informes previos del Consejo Consultivo, que son “obligatorios”, que “se ha impedido la libre concurrencia competitiva y la selección de la oferta más ventajosa”, y que las obras de mejora en la red a las que se obliga a la empresa concesionaria supondrán un “desequilibrio económico” que acabarán “pagando” los ciudadanos del Campo de Gibraltar

El Grupo comarcal Socialista en la Mancomunidad de Municipios del Campo de Gibraltar ha interpuesto este viernes un Recurso de Reposición contra el Acuerdo del Pleno del pasado 10 de octubre que aprobaba, con el voto de calidad de la Presidenta, el pliego de cláusulas administrativas, prescripciones técnicas e informe de viabilidad del contrato de abastecimiento de agua potable de La Línea de la Concepción, por considerarlo “lesivo” y “contrario a Derecho”.

           En el texto se recuerda que los informes preceptivos del Consejo Consultivo son “obligatorios” y que “su omisión puede ser causa de nulidad del acto administrativo”, al tratarse de un trámite “esencial” que “debe preceder a la resolución”. Asimismo, se recuerda que según la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de diciembre de 1980, citada por contratos del sector público, “el dictamen tiene que preceder a la resolución para que tenga sentido ilustrar al órgano decisor, en este caso, a la Junta de Comarca”, a la que, según sostiene el PSOE, se le ha “hurtado” la información  preceptiva del propio Consejo Consultivo.

           En el texto se advierte también de que, según el artículo 211.3.b) del Texto Refundido, “el dictamen del Consejo Consultivo es preceptivo cuando la cuantía de la modificación del precio primitivo supera determinadas cuantías de forma aislada o en su conjunto”.

      “La inexistencia de ese informe del Consejo  Consultivo, que debe preceder al acto de aprobación, debió suponer la suspensión de la resolución del expediente en tanto no se reciba, por lo que entendemos procede que el acuerdo tomado por el Equipo de Gobierno en función del voto de calidad de la Presidenta sea declarado Nulo de pleno Derecho”, ha explicado la portavoz del Grupo Socialista, Lucía Trujillo.

          En el escrito registrado este viernes, firmado por la propia Trujillo, se solicita que, una vez admitido el Recurso, se acuerde la “revocación” del Acuerdo plenario del 10 de octubre y se acuerde que “se inicie un nuevo procedimiento en el que se cumpla la legalidad y la normativa recogida para la licitación y adjudicación de contratos del Sector Público”.

           El Recurso de Reposición presentado por el Grupo Socialista comarcal recuerda también que La Ley de 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público mantiene entre sus objetivos una “mayor transparencia”, así como conseguir una mayor relación calidad-precio en la contratación pública, y que, sin embargo, “la licitación que se aprobó con el voto de calidad de la Presidenta no cumple estos criterios”.

              En el pleno del 10 de octubre, el contrato del abastecimiento de agua potable de La Línea se definió como una “concesión de servicios”, y se establecía la obligación del concesionario de ejecutar obras de mejoras en la red de abastecimiento por un importe total de 8 millones de euros, generando un “desequilibrio económico” durante los primeros 4 años que “hace inverosímil pensar que cualquier empresa pueda hacer frente a ello, a no ser que se trate de una empresa con suficiente capacidad financiera”.

“Siendo conscientes de que las inversiones se amortizarán a 25 años, esto supondrá finalmente que las obras, que son de obligado cumplimiento por parte de la empresa adjudicataria, acaben siendo financiadas por los ciudadanos y resulten a coste cero para la empresa”, se advierte también en el escrito registrado este viernes, en el que se denuncia también que con el voto de calidad de la Presidenta de la Mancomunidad se haya aprobado un servicio que, a priori, genera un flujo de caja negativo durante 24 de los 25 años de la adjudicación”.

 Para el PSOE, resulta “notorio” que no se garantiza que la licitación se ajuste a los principios de libertad de acceso a las licitaciones así como a la no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores, introduciendo un “sesgo” que imposibilita la concurrencia competitiva. “Es decir, no se cumple el articulo 1 de la Ley 9/2017 de Noviembre de Contratos del Sector Público, que regula las contrataciones públicas al objeto de garantizar la libre competencia y la selección de la oferta económica más ventajosa”.

También cabe tener en cuenta, y así lo advierte el Recurso, que en la licitación del servicio aprobada con el voto de calidad de la Presidenta, al no contarse con mayoría suficiente, “se incluyen obras que según los criterios de los asesores jurídicos no pueden ser objeto del contrato, y que a su vez inclumplen la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público”.